Contrato de prestación de servicios de valor añadido para acceso a Internet y Correo Electrónico

Conste por el presente documento el contrato de prestación de servicios de valor añadido para acceso a Internet y correo electrónico que celebran, de un lado, como prestadora del servicio, Goal’s S.A. y su División ISP GoalsNet y del otro, como usuario del servicio EL ABONADO, acuerdo a los siguientes términos:

I. ANTECEDENTES
LA EMPRESA OPERADORA ha suscrito un convenio en virtud del cual se brindará a EL ABONADO el servicio de acceso a Internet y casilla de correo electrónico. Tales servicios se brindarán de conformidad con las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Difusión y de Servicios de Valor Añadido para Acceso a Internet, aprobadas por Resolución del Consejo Directivo N° 015-2001-CD/OSIPTEL, en adelante las Condiciones de Uso y que como Anexo A, forman parte del presente contrato.

II. OBJETO
Constituye objeto del presente contrato regular los términos bajo los cuales LA EMPRESA OPERADORA brindará a EL ABONADO la prestación del servicio de acceso a Internet y una casilla de correo electrónico. La aceptación de los términos del presente documento por parte de EL ABONADO implica el sometimiento a las Condiciones de Uso y a las condiciones particulares de la prestación del servicio.

III. DE LOS SERVICIOS
3.1 LA EMPRESA OPERADORA suministrará a EL ABONADO el servicio de acceso a Internet y una casilla de correo electrónico en forma gratuita por tiempo indefinido.
3.2 La cobertura geográfica en la que LA EMPRESA OPERADORA suministrará el servicio de acceso a Internet y una casilla de correo electrónico incluye los departamentos de: Ancash, Arequipa, Cajamarca, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura, Puno y Tacna. (* Por revisar)

IV. DURACION DEL CONTRATO
El presente contrato es de duración indeterminada. Se considera como fecha de inicio el momento de la aceptación de este documento por EL ABONADO y luego de haber solicitado su inscripción en línea.

V. ACTIVACION DEL SERVICIO Y MODIFICACIONES AL MISMO
5.1 La activación del servicio será realizada por LA EMPRESA OPERADORA dentro de las 24 horas de la recepción de la solicitud del EL ABONADO.5.2 EL ABONADO acepta que la EMPRESA OPERADORA sustituya, modifique o suspenda la prestación de los servicios de acceso a Internet o de correo electrónico. De ocurrir este supuesto LA EMPRESA OPERADORA deberá comunicar a EL ABONADO tal situación con una anticipación de treinta (30) días calendario.

VI. OBLIGACIONES DEL ABONADO
6.1 EL ABONADO se compromete a suministrar toda la información necesaria para completar el procedimiento de registro de clientes. Dicha información deberá ser veraz, precisa y completa. Asimismo, EL ABONADO se compromete a mantener la información debidamente actualizada
.6.2 EL ABONADO deberá contar con el equipo y software necesarios para acceder a los servicios materia de este contrato, quedando establecido que LA EMPRESA OPERADORA no asumirá responsabilidad frente a EL ABONADO por el daño que pudiera producirse en sus equipos como consecuencia de la utilización de dichos servicios.
6.3 EL ABONADO deberá mantener la identificación y contraseña que le proporcione LA EMPRESA OPERADORA en forma confidencial.En el caso que terceros ajenos a EL ABONADO tengan acceso a la identificación y contraseña referidas, éste deberá comunicar del hecho a LA EMPRESA OPERADORA a fin de que ésta proceda a suspender los servicios y a cambiar la clave del usuario.EL ABONADO será responsable de toda utilización del servicio realizada con su contraseña hasta que cumpla con la comunicación referida.
6.4 Las herramientas de acceso a Internet que provee LA EMPRESA OPERADORA deberán ser utilizadas de conformidad con lo dispuesto en las normas legales nacionales o tratados internacionales que resulten aplicables a cada caso particular. EL ABONADO no podrá transmitir cualquier tipo de material o información cuya transmisión atente contra lo dispuesto por dichas normas. Tal disposición restringe, entre otras cosas, la transmisión de cualquier tipo de material protegido por las normas que regulan los derechos de autor, derechos de propiedad industrial, material obsceno, ofensivo o amenazante, así como todo tipo de información que atente contra la seguridad nacional o internacional, contra la moral, las buenas costumbres y la convivencia social, así como el envío de publicidad comercial no solicitada. EL ABONADO tampoco podrá transmitir información, programas de cómputo u otro material que contenga virus o cualquier componente dañino. LA EMPRESA OPERADORA no asume responsabilidad alguna por el uso que EL ABONADO haga de la información obtenida a través del servicio de acceso a Internet objeto del presente acuerdo.
6.5 EL ABONADO está prohibido de ceder en forma alguna los servicios suministrados por LA EMPRESA OPERADORA en virtud del presente contrato.
6.6 EL ABONADO autoriza a LA EMPRESA OPERADORA a entregar al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL- , cuando éste último lo requiera, la información contenida en el formulario de inscripción y/o la información respecto de los servicios que LA EMPRESA OPERADORA le presta, exclusivamente con fines de supervisión. La información a la que se hace mención no será de conocimiento público.En cualquier momento EL ABONADO podrá revocar la autorización otorgada a LA EMPRESA OPERADORA.

VII. RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA OPERADORA DEL SERVICIO
7.1 LA EMPRESA OPERADORA se obliga a poner a disposición de EL ABONADO el texto del presente contrato y anexos correspondientes en la página web de GoalsNet (www.goalsnet.com.pe)
7.2 LA EMPRESA OPERADORA realizará todos los esfuerzos necesarios a efectos de que los servicios cuya prestación se obliga a brindar a EL ABONADO funcionen adecuadamente. Sin perjuicio de lo indicado, LA EMPRESA OPERADORA no asume responsabilidad frente a EL ABONADO en el caso que el funcionamiento de los servicios presente problemas ocasionados por un caso fortuito, de fuerza mayor o por el hecho de un tercero.
7.3 LA EMPRESA OPERADORA procurará la adopción de todas las medidas a su alcance para que sus servidores estén libres de virus y de otros componentes dañinos. No obstante ello, considerando que dichos servidores son de acceso público, ellas no asumirán responsabilidad alguna por la presencia de los referidos virus y componentes dañinos.
7.4 LA EMPRESA OPERADORA cuando corresponda, no asumirá responsabilidad por la pérdida de información, falla en el almacenamiento y en la transmisión de mensajes de correo electrónico, demora en la entrega, falta de entrega, entrega equivocada o corte en las conexiones del sistema, cuando las mismas se originen en responsabilidad de EL ABONADO o en una situación de caso fortuito o fuerza mayor u otras circunstancias fuera del control de LA EMPRESA OPERADORA, comunicadas y acreditadas ante el OSIPTEL, conforme al procedimiento previsto en el artículo 17 de la Resolución de Consejo Directivo 015-2001-CD/OSIPTEL.
7.5 LA EMPRESA OPERADORA no será responsable por los acuerdos, negociaciones o participación de EL ABONADO a través de cualquiera de los servicios objeto del presente contrato, celebrados o concertados con otras personas naturales o jurídicas que vendan bienes, presten algún tipo de servicio o realicen cualquier otra actividad a través de Internet, ni del contenido de los mensajes enviados a través del correo electrónico.
7.6 LA EMPRESA OPERADORA no será responsable de las interrupciones de los servicios debido a cambios de equipos, mantenimiento y a cualquier otra actividad cuyo objetivo sea el buen funcionamiento de los servicios, obligándose a comunicar de los mismos a EL ABONADO, sea por medio escrito o mediante los mecanismos de comunicación electrónica que permite el servicio, con una anticipación no menor de (15) quince días calendario.
7.7 LA EMPRESA OPERADORA no será responsable por los gastos adicionales en los que tenga que incurrir EL ABONADO para acceder a los servicios, derivados del uso de líneas telefónicas, de energía eléctrica, de cualquier tipo de reparaciones o de actualizaciones de equipos o de programas, entre otros. Dichos gastos son de exclusiva responsabilidad de EL ABONADO.
7.8 Sin perjuicio de lo que se señala en la cláusula sexta del presente contrato, LA EMPRESA OPERADORA se obliga a guardar en estricta reserva los datos personales proporcionados por EL ABONADO, obligándose a utilizarlos únicamente a los efectos de los servicios que son objeto del presente acuerdo. LA EMPRESA OPERADORA podrá hacer uso de la información proporcionada por el ABONADO, así como de aquella captada durante el uso del servicio, para su explotación comercial. En tal sentido, EL ABONADO presta su consentimiento para que se le remita información comercial y publicitaria de terceros, encuestas e información general vía correo electrónico, correo postal u otros medios.

VIII. SOLICITUD DE INFORMACION Y PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS
EL ABONADO podrá solicitar todo tipo de información o asistencia técnica por vía telefónica durante las 24 horas del día con sólo llamar en Lima al número de teléfono 612-0000 y en provincias al número 0801-1-4080 y podrá formular reclamos por vía telefónica o a la siguiente dirección electrónica informes@ec-red.com de conformidad con el Procedimiento de Reclamos aprobado por LA EMPRESA OPERADORA.

IX. SUSPENSION DEL SERVICIO
9.1 Teniendo en cuenta el carácter gratuito de este servicio, LA EMPRESA OPERADORA se reserva el derecho, a su exclusivo criterio, con o sin aviso previo, de interrumpir o extinguir la prestación del servicio en cualquier momento.
9.2 El servicio también podrá cancelarse por inactividad de EL ABONADO en un plazo razonable de tiempo a criterio de LA EMPRESA OPERADORA.

X. CONCLUSION DEL CONTRATO
10.1 EL ABONADO podrá poner fin al presente contrato en cualquier momento, siempre que comunique su intención a LA EMPRESA OPERADORA con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario, sujetándose a las disposiciones establecidas en las Condiciones de Uso y en el ordenamiento legal vigente.
10.2 LA EMPRESA OPERADORA podrá resolver el presente contrato cuando EL ABONADO incumpla con lo dispuesto en los numerales 6.1, 6.2, 6.3, 6.4 y 6.5 del presente documento, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que correspondiera a EL ABONADO de acuerdo al caso como consecuencia de sus actos.
10.3 Inmediatamente después de resuelto el presente contrato, LA EMPRESA OPERADORA podrá cancelar el acceso de EL ABONADO a los servicios contratados, así como borrar todos los documentos y archivos almacenados en su servidor no asumiendo responsabilidad alguna por ello.

XI. CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL
EL ABONADO consiente en que LA EMPRESA OPERADORA pueda ceder su posición contractual durante la vigencia del presente contrato.

XII. LEY APLICABLE
Son de aplicación y cumplimiento obligatorio a la presente relación contractual, las Condiciones de Uso, que como Anexo C, forman parte integrante del presente contrato, así como el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 006-94-TTC y demás normas modificatorias en lo que fuere aplicable.

XIII. CONCILIACION Y ARBITRAJE
Todas las desavenencias ó controversias que pudieran derivarse de este contrato entre LA EMPRESA OPERADORA y EL ABONADO, incluidas las de su nulidad ó invalidez, serán resueltas mediante acuerdo conciliatorio o fallo definitivo e inapelable de conformidad con la legislación peruana y los reglamentos de conciliación y arbitraje del Cibertribunal Peruano (www.cibertribunalperuano.org), a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional, haciendo desde ya renuncia expresa a los fueros judiciales de sus respectivas jurisdicciones.

ANEXO A Resolución del Consejo Directivo N°015-2001-CD/OSIPTELCondiciones de Uso de los Servicios Públicos de Difusión y de Servicios de Valor Añadido para Acceso a Internet.